ORDENANZA NÚMERO 44 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA

REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS ORGANIZADAS POR LA SECCIÓN DE PERSONAL.

Última modificación BOP número 62 de 31 de marzo de 2017

FUNDAMENTO

Artículo 1.-

De conformidad con lo previsto en los artículos 41 y 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de El Ejido establece el precio público por la realización de cursos, talleres y acciones formativas organizados por la Sección de Personal del Área de Régimen Interior.

OBJETO

Artículo 2.-

El presente precio público se establece como contraprestación pecuniaria a satisfacer por la asistencia a determinadas actividades formativas, cursos o talleres organizados en los correspondientes Planes de Formación Interna de la Sección de Personal del Ayuntamiento.

Se considerarán no sujetas al precio público las personas vinculadas laboralmente al Ayuntamiento de El Ejido o a cualquiera de sus Organismos Autónomos o Empresas Públicas Municipales así como los integrantes de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de El Ejido y los miembros de la Corporación Municipal.

Esta Ordenanza no será de aplicación a aquellos cursos, jornadas, seminarios, etc., que estén financiados, con cargo a programas o proyectos, por la Administración Central, Autonómica y Local (distinta de este Ayuntamiento) y aquellos otros en los que la Alcaldía o Concejal en quien delegue declare su gratuidad en su totalidad, o para determinado colectivo, por motivos de interés social, municipal o de promoción de empleo.

OBLIGADOS AL PAGO

Artículo 3.-

Estarán obligados al pago del presente precio público las personas solicitantes y beneficiarias de los citados cursos, talleres y acciones formativas.

No estarán sujetas al precio público las personas vinculadas laboralmente al Ayuntamiento de El Ejido o a cualquiera de sus Organismos Autónomos o Empresas Públicas Municipales en el momento de la realización de los mismos.

OBLIGACIÓN DE PAGO

Artículo 4.-

La obligación de pago surge con la formalización de la matrícula o inscripción en cualquiera de las actividades objeto de la presente ordenanza.

Únicamente procederá la devolución del precio público cuando la actividad no se desarrolle por causas imputables a la Administración.

CUANTÍA

Artículo 5.-

El importe del precio público por la asistencia a los cursos, actividades, talleres, etc., estará en función del tipo de acción formativa de que se trate, el número de horas lectivas y la modalidad de formación utilizada.

Las tarifas a aplicar serán las siguientes:

Precio por la inscripción en actividades de tipo A: 150 euros la actividad.

Precio por la inscripción en actividades del tipo B: 120 euros la actividad.

Precio en la inscripción de actividades del tipo C: 80 euros la actividad.

Precio en la inscripción de actividades del tipo D: 60 euros la actividad.

Precio en la inscripción de actividades del tipo E: 50 euros la actividad.

Precio en la inscripción de actividades del tipo F: 40 euros la actividad.

Precio en la inscripción de actividades del tipo G: 30 euros la actividad.

H) Precio en la inscripción de actividades del tipo H: 200 euros la actividad.

I) Precio en la inscripción de actividades del tipo I: 250 euros la actividad.

J) Precio en la inscripción de actividades del tipo J: 300 euros la actividad.

La resolución mediante la que se acuerde la realización de la actividad establecerá el módulo de tarifa al que se corresponde la misma en función de su duración, coste, lugar de realización, material a entregar, etcétera.

GESTIÓN

ARTÍCULO 6.-

El presente precio público se exigirá en régimen de autoliquidación, cuyo justificante de ingreso se unirá necesariamente a la solicitud de inscripción o matrícula.

DISPOSICIÓN FINAL

Los presente precios públicos entrarán en vigor cuando se publique su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y permanecerán vigentes hasta su cancelación o modificación expresa que se realizará por el mismo procedimiento.

- Publicada en el BOP de 7 de mayo de 2015, entrada en vigor el mismo día)

- Modificación BOP 31 de agosto de 2016

 

Descargar pdf   pdf

ImprimirCorreo electrónico

Artículos relacionados