SERVICIO:-APRENDE SEGURO

DEFINICIÓN

El programa “Aprende Seguro” se crea para llevar a cabo en las autoescuelas con el objetivo de prevenir sobre el consumo de alcohol y otras drogas en la conducción de vehículos.

Se pretende dar a conocer entre los alumnos de las autoescuelas las consecuencias de conducir en estado de embriaguez.

Es uno de los programas de carácter preventivo que contribuyen a modificaciones de conducta y a la adquisición de pautas saludables ante la conducción de vehículos.

REQUISITOS

Estar matriculado en alguna autoescuela del municipio de El Ejido

APORTACIÓN DEL CIUDADANO

Ninguna

FORMA DE ACCESO AL SERVICIO

  • A través de las diferentes autoescuelas del municipio de EL Ejido.
  • Dirigiéndose al Área de Servicios Sociales y Mujer

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

No se precisa aportar documentación.

FORMATO O SOLICITUD

Modelo de solicitud creado al efecto.

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Área  de Servicios Sociales y Mujer del Excelentísimo Ayuntamiento de EL Ejido

HORARIO DE SERVICIO 

Consultar en el teléfono:

950484064

DONDE SE PUEDE TRAMITAR

Personándose en el Centro de Servicios Sociales Especializados  de El Ejido situado en C/ Río Júcar N º 11, El Ejido

TRAMITE INTERNO DEL SERVICIO:-APRENDE SEGURO

Tramite a realizar

Difusión del programa

Ejecución de la formación

Cinco sesiones formativas

Responsable

Técnico del Plan Municipal de Prevención de Drogodependencias

Plazo

Durante todo el año

Documentación de referencia

Hoja informativa

Formato de registro

Planificación de las sesiones formativas

Calendario de actividades.

Partes de asistencia.

Evaluación final.

Memoria.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.

De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC,  la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los  interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

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