SERVICIO:-TALLERES PARA ALUMNADO DE TERCER CICLO DE LOS CEIP

DEFINICIÓN

Se llevarán a cabo talleres con el alumnado de tercer ciclo de primaria de los centros educativos del Municipio que así lo soliciten.

Dichos talleres tienen como objetivo llevar a cabo una prevención indirecta del tema de las drogodependencias y para ello versarán sobre habilidades sociales, asertividad,   autoestima y resistencia a las presiones.

REQUISITOS

Ser alumno/a  de primaria de algún centro del municipio de El Ejido.

APORTACIÓN DEL CIUDADANO

         Ninguna.

FORMA DE ACCESO AL SERVICIO

  • A través de los diferentes CEIPs del municipio de EL Ejido.
  • Dirigiéndose al Área de Servicios Sociales y Mujer

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

         No se precisa aportar documentación.

FORMATO O SOLICITUD

         Modelo de solicitud creado al efecto.

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Area de Servicios Sociales y Mujer del Excelentísimo Ayuntamiento de EL Ejido

HORARIO DE SERVICIO 

Consultar en el teléfono:

950484064

DONDE SE PUEDE TRAMITAR

Personándose en el Centro de Servicios Sociales Especializados  de El Ejido situado en C/ Río Júcar N º 11, El Ejido

TRAMITE INTERNO DEL SERVICIO:-TALLERES PARA EL ALUMNADO DEL TERCER CICLO DE LOS CEIP

Tramite a realizar

Difusión del programa al principio del curso académico.-

Ejecución de la formación

Varias sesiones formativas por los diferentes CEIPs del Municipio que así lo hayan solicitado

Responsable

Técnico del Plan Municipal de Prevención de Drogodependencias

Plazo

Durante el mes de septiembre se hará una difusión del programa por todos los CEIPs del Municipio.

A lo largo de todo el año y en función de la demanda de los diferentes centros, se planificarán las sesiones

Documentación de referencia

Hoja informativa

Folletos

Formato de registro

Demanda por parte de los centros y planificación del calendario

Evaluación final.

Memoria.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.

De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC,  la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los  interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

ImprimirCorreo electrónico

Artículos relacionados