SERVICIO:-OCIO RESPONSABLE

DEFINICIÓN

Se pretende ofrecer información a los profesionales de la restauración para que aumente la calidad del servicio en su establecimiento en relación a los productos (características de las bebidas alcohólicas), con la atención a los clientes (habilidades sociales) y el entorno (reducción de conflictos en la comunidad), de manera que sea reconocida la labor de los profesionales de la restauración como agentes de prevención respecto a los problemas asociados al consumo abusivo del alcohol.

REQUISITOS

Ser hostelero del municipio de El Ejido.

APORTACIÓN DEL CIUDADANO

         Ninguna

FORMA DE ACCESO AL SERVICIO

Dirigiéndose al Área de Servicios Sociales y Mujer

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

FORMATO O SOLICITUD

No existe ningún formato

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Area de Servicios Sociales y Mujer del Excelentísimo Ayuntamiento de EL Ejido

HORARIO DE SERVICIO 

Consultar en los teléfonos:

950484064

DONDE SE PUEDE TRAMITAR

Personándose en el Centro de Servicios Sociales Especializados de El Ejido situado en C/ Río Júcar N º 11, El Ejido

TRAMITE INTERNO DEL SERVICIO:-OCIO RESPONSABLE

Tramite a realizar

Difusión del programa de Ocio Responsable

Planificación de las sesiones formativas que se van a llevar a cabo para el desarrollo del programa

Ejecución de la formación

Responsable

Técnico del Plan Municipal de Prevención de Drogodependencias

Plazo

Durante un mes se realizará una difusión del programa por los locales de ocio del Municipio previamente seleccionados

A lo largo de todo el año se planificarán fechas para en tres sesiones ir formando a los diferentes hosteleros que se adhieran al programa

Documentación de referencia

Tríptico

Formato de registro

Calendario de actividades

Partes de asistencia.

Evaluación final.

Memoria.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.

De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC,  la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los  interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

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