SERVICIO:-ESCUELAS DE ABUELOS/AS

DEFINICIÓN

La escuela de abuelos/as es un espacio de información, formación y reflexión dirigido a abuelos y abuelas del Municipio, sobre los aspectos relacionados con las funciones parentales.

Es un recurso de apoyo a las familias, concretamente a los/as abuelos/as con menores a cargo para que puedan desarrollar adecuadamente sus funciones educativas y socializadoras y superar situaciones de necesidad y riesgo social.

Es uno de los programas de carácter preventivo que contribuye a modificaciones de conducta y a la adquisición de pautas saludables de dinámica familiar.

REQUISITOS

  • Ser abuelo/a de algún centro de Tercera Edad  del municipio de El Ejido.

APORTACIÓN DEL CIUDADANO

FORMA DE ACCESO AL SERVICIO

  • A través de los diferentes Centros de Tercera Edad del municipio de EL Ejido.
  • Dirigiéndose al Área de Servicios Sociales y Mujer

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

         No se precisa aportar documentación.

FORMATO O SOLICITUD

Instancia General

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Área de Servicios Sociales y Mujer del Excelentísimo Ayuntamiento de EL Ejido

HORARIO DE SERVICIO 

Consultar en los teléfonos:

950484064

DONDE SE PUEDE TRAMITAR

Personándose en el Centro de Servicios Sociales Especializados  de El Ejido situado en C/ Río Júcar N º 11, El Ejido

TRAMITE INTERNO DEL SERVICIO:-ESCUELA DE ABUELOS/AS

Tramite a realizar

Difusión de la escuela

Planificación de las actividades formativas

Elaboración de manuales

Ejecución de la formación

Responsable

Técnico del Plan Municipal de Prevención de Drogodependencias

Plazo

Todo el año

Documentación de referencia

Tripticos escuela de abuelos/as

Carteleria

Hoja informativa

Formato de registro

Calendario de actividades.

Evaluación final.

Memoria.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.

De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC,  la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los  interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

----

----

----

----

----

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

ImprimirCorreo electrónico

Artículos relacionados