SERVICIO: TELEASISTENCIA MUNICIPAL
DEFINICIÓN
El Servicio de Teleasistencia Domiciliaria para mayores es un servicio que responde a la necesidad de algunos ciudadanos de disponer de unas condiciones básicas en su propio medio de convivencia, para desarrollar su autonomía potencial y alcanzar un mayor grado de realización personal y social en su entorno más próximo desde una perspectiva integral y normalizadora. Se articula mediante la línea telefónica y con un equipamiento de comunicaciones especial, permitiendo que los usuarios, ante situaciones de emergencia y a través de un dispositivo de fácil utilización, puedan entrar en contacto verbal con un centro atendido por personal específicamente preparado para dar respuesta a la emergencia presentada.
En El Ejido, el programa de Teleasistencia Municipal lleva funcionando desde 1998 a través de un convenio entre IMSERSO-FEMP-AYUNTAMIENTO, prorrogándose dicho convenio hasta el año 2012. A partir de esta fecha y al no producirse consignación presupuestaria estatal para este programa, el Ayuntamiento de El Ejido se plantea la sostenibilidad del Servicio y para ello opta por introducir el copago, estableciendo unas cantidades similares a las que existen en el Servicio Andaluz de Teleasistencia (se establece en Ordenanza Municipal[1] un copago de 10€ por parte del usuario).
Por otra parte se inicia un proceso de trasvase de aquellos usuarios/as del servicio municipal de teleasistencia que son dependientes o mayores de 80 años que vivan solos para los que la Teleasistencia de la Junta es gratuita.
En la actualidad se viene gestionando el Servicio de Teleasistencia Municipal por la empresa Tunstall Televida, cuyo contrato con el Ayuntamiento se establece desde 2014 a 2017 (no puede exceder de cuatro años según cláusula nº 6 del contrato).
REQUISITOS PARA PERMANECER EN EL SERVICIO (NO SE DAN ALTAS)
- Ser mayor de 65 años y menor de 80 años.
- No tener reconocido Grado de Dependencia
- Estar empadronado/a en el municipio.
- Tener línea telefónica compatible con el servicio.
- No ser beneficiario/a de otro servicio de teleasistencia.
APORTACIÓN DEL CIUDADANO
COPAGO DE 10€
FORMA DE ACCESO AL SERVICIO
No se están produciendo Altas en el Servicio
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
No se están produciendo Altas en el Servicio
FORMATO O SOLICITUD
Formato de bajas del Servicio
RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Área de Servicios Sociales y Mujer del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido.
HORARIO DE SERVICIO
El servicio se presta los 365 días del año de lunes a domingo.
DONDE SE PUEDE CONSULTAR
Centro de Servicios Sociales Especializados de El Ejido situado en C/ Río Júcar ,11 en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00
Centro de Servicios Sociales Comunitarios de El Ejido situado en Avda Nicolás Salmerón, 66, El Ejido en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas.
Consultar en los teléfonos:
950484064, 950541000-Ext 149
U.T.S. Ejido Norte
Avda Nicolás Salmerón, 66, El Ejido
Tel: 950484064
U.T.S. Ejido Centro
Avda Nicolás Salmerón, 66.El Ejido
Tel: 950484064
U.T.S. Ejido Sur
Avda Nicolás Salmerón, 66, El Ejido
Tel: 950484064
U.T.S. Santo Domingo
Avda Nicolás Salmerón, 66, El Ejido
Tel: 950484064
U.T.S. Pampanico/Tarambana
C/ San Rafael, s/n, El Ejido
Tel: 950570729
U.T.S. Sta. María del Águila
C/Manuel de Falla 14, Sta. Mª Águila
Tel: 950581012
U.T.S. Las Norias
Crta. De La Mojonera, 158. Las Norias
Tel: 950587707
U.T.S. Balerma
C/ La Loma, 12. Balerma
Tel: 950407012
U.T.S. San Agustín
Plaza de Colonización s/n
Tel: 950536003
U.T.S. Matagorda
C/ Los Majales, 33.Matagorda
Tel: 950498903
TRÁMITE INTERNO DEL SERVICIO: TELEASISTENCIA
1.- Elaboración del Programa Municipal de Teleasistencia Domiciliaria
RESPONSABLE
Responsable del Proyecto
PLAZO
A determinar
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Normativa de Referencia y Memoria interna del año anterior
FORMATO DE REGISTRO
Proyecto
2.- Solicitar Consignación presupuestaria y preparar Propuesta para Comisión Informativa
RESPONSABLE
Jefa de la Unidad de Gestión Social
PLAZO
5 días antes de la Comisión Informativa
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Programa
FORMATO DE REGISTRO
Expediente creado al efecto
3.- Elevación del Expediente a la Comisión Informativa
RESPONSABLE
Concejala del Área de Servicios Sociales y Mujer
PLAZO
A determinar
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Acta de la Comisión Informativa
4.- Elaboración de dictamen de la Comisión Informativa para Junta de Gobierno Local
RESPONSABLE
Jefa de la Unidad de Gestión Social-Concejala de Servicios Sociales y Mujer
PLAZO
1 Día
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Acta de la Comisión Informativa
FORMATO DE REGISTRO
Expediente
5.- Elevación del Expediente a la Junta de Gobierno Local
RESPONSABLE
Concejala del Área de Servicios Sociales y Mujer
PLAZO
1 Día
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Acta de la Junta de Gobierno Local
6.- Aprobación del Proyecto
RESPONSABLE
Jefa de la Unidad de Servicios Sociales
PLAZO
15 días desde la aprobación definitiva del Expediente
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Acta de Reuniones
7.- Seguimiento del servicio, control de bajas e incidencias con la responsable de zona de la empresa encargada de la teleasistencia
RESPONSABLE
Técnico responsable del Programa
PLAZO
Cuando se produzca alguna Baja y/o incidencia
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Base de Datos de Teleasistencia y Acta de reunión
8.- Registro informático de BAJA de Teleasistencia en la base de datos
RESPONSABLE
Técnico responsable Programas
PLAZO
1 día
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Base de datos de Teleasistencia
9.- Visita y/o contacto telefónico con el usuario/a del servicio municipal para tramitación/información /derivación al Servicio de Teleasistencia de la Junta
RESPONSABLE
Técnico responsable Programas
PLAZO
Día y hora acordada con usuario/a
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente del usuario/a
FORMATO DE REGISTRO
Hoja de seguimiento
10.- Resolución administrativa (Decreto) del expediente de BAJA del servicio municipal
RESPONSABLE
Jefa de Gestión Social
PLAZO
15 días
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Expediente
FORMATO DE REGISTRO
Decreto y traslado de decreto
11.- Evaluación del programa y elaboración de la memoria interna del Área Servicios Sociales y Mujer
RESPONSABLE
Técnico responsable de Programas
PLAZO
1 mes después de finalizar el plazo ejecución del Programa
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Programa
FORMATO DE REGISTRO
Modelo de Evaluación y Memoria Área SS y Mujer
EFECTOS DEL SILENCIO
De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC, la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo
NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN:
- La Constitución Española (1978) en su artículo 50 hace mención específica al colectivo de mayores y recoge: “Los poderes públicos promoverán su bienestar mediante un sistema de Servicios Sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.”
- El Estatuto de Autonomía para Andalucía (reformado por Ley Orgánica 2/2007 de 19 marzo). En su artículo 19 establece que: “las personas mayores tienen derecho a recibir de los poderes públicos de Andalucía una protección y una atención integral para la promoción de su autonomía personal y del envejecimiento activo, que les permita una vida digna e independiente y su bienestar social e individual, así como a acceder a una atención gerontológica adecuada, en el ámbito sanitario, social y asistencial, y a percibir prestaciones en los términos que establezcan las leyes”. En su artículo 24 establece que: “las personas con discapacidad y las que estén en situación de dependencia tienen derecho a acceder, en los términos que establezca la ley, a las ayudas, prestaciones y servicios de calidad con garantía pública necesarios para su desarrollo personal y social”.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local determina que el municipio tendrá competencia en prestaciones de Servicios Sociales. En el art. 26.1 de la citada Ley atribuye a los Municipios de más de 20.000 habitantes la competencia en materia de “prestaciones de Servicios Sociales”.
- La Ley 2/1988 de 4 de Abril, de Servicios Sociales de Andalucía. Estructura los Servicios Sociales en Comunitarios y Especializados constituyendo los Servicios Sociales Comunitarios las estructuras básicas del sistema, dirigidas a toda la población con carácter general y regulándose como una de sus Prestaciones Básicas el Servicio de Teleasistencia.
- El Decreto 11/1992 de 28 de Enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios. Desarrolla el Servicio de Teleasistencia, definiendo su contenido, al objeto de homogeneizar su aplicación en Andalucía e impulsar la descentralización en las Corporaciones Locales.
- Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención y protección a las personas mayores. Art.1- Este ley tiene por objeto: “regular y garantizar un sistema integral de atención y protección a las personas mayores, que cuente con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas de Andalucía así como de los propios sectores sociales a la que va dirigida y cuyas actuaciones respondan a una acción planificada, coordinada y global donde se contemplen medidas en todas las áreas que afectan a estas personas a fin de conseguir unos objetivos fijados por la ley.
- Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. Art.9.3.- Los municipios andaluces tienen la competencia en la gestión de los servicios sociales comunitarios, conforme al Plan y Mapa Regional de Servicios Sociales de Andalucía.
- Ordenanza nº 43 que regula los precios del Servicio de Teleasistencia Municipal (publicada en BOP nº 38 de 25_02_13 y corrección de errores en BOP nº 64 de 05/04/13)
- Plan de Acción de las Personas Mayores 2003-2007, aprobado por el Consejo de Ministros del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en 29 de agosto de 2003.
[1] Ordenanza nº 43 Reguladora de los precios públicos por la Prestación del Servicio de Teleasistencia Domiciliaria