TRATAMIENTO A FAMILIAS CON MENORES EN SITUACIÓN DE RIESGO O DESPROTECCIÓN.

DEFINICIÓN

Es un programa con una perspectiva amplia, dividido en dos subprogramas:

  • Subprograma de Riesgo Social: Ofrece a las familias cuyos menores se hallen en situación de riesgo moderado  un tratamiento interdisciplinar con el objetivo de la asunción nuevamente de sus funciones de protección y cuidado de los menores a  fin de proporcionarles un entorno familiar adecuado que garantice su desarrollo integral suprimiendo los factores que pudieran  ser causa de desprotección previniendo y evitando así una posible separación de la familia.
  • Subprograma de Reunificación Familiar: Ofrece a las familias cuyos menores se hallan tutelados por la Junta de Andalucía un tratamiento para  facilitar la reincorporación de éstos  a su ambiente familiar procurando que éste tenga las competencias necesarias que garanticen de nuevo la protección y el desarrollo integral de los menores.

REQUISITOS

Para el Subprograma de Riesgo Social:

  • Familias con menores de 18 años a su cargo en situación de  riesgo social moderado.
  • Que los Servicios Sociales Comunitarios hayan realizado ese  diagnóstico con el grupo familiar valorando la necesidad de una intervención interdisciplinar que excede de las posibilidades de intervención de los profesionales de la Unidad de Trabajo Social (UTS) correspondiente.
  • Que existan en la familia indicios de recuperabilidad.
  • Que la familia acepte voluntariamente someterse al tratamiento colaborando  activamente en el plan de mejora diseñado para su caso.
  • Que la familia se halle residiendo en el municipio de El Ejido.

Para el Subprograma de Reunificación Familiar:

  • Familias con menores de 18 años cuyos hijos se hallan tutelados por el Junta de Andalucía y que están en proceso de reunificación familiar.
  • Que los padres de los menores tutelados se hallen residiendo en el municipio de El Ejido.

APORTACIÓN DEL CIUDADANO

Ninguna

FORMA DE ACCESO AL SERVICIO

  • Subprograma de Riesgo Social: A través de los Servicios Sociales Comunitarios mediante protocolo de derivación específico. Los SSCC elaborarán informe de derivación dirigido a la Coordinadora del Programa donde conste un diagnostico de la situación y se fundamente la necesidad de intervención en el caso.
  • Subprograma de Reunificación Familiar: Por derivación del Servicio de Protección de Menores de la Delegación de Igualdad y Bienestar Social

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

Para completar el expediente interno del ETF se solicitará a la familia durante la intervención:

  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años
  • Fotocopia del Libro de Familia
  • Fotocopia de los permisos de trabajo y/o residencia de todos los miembros de la unidad familiar en caso de familias extranjeras.
  • Fotocopia del pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Certificado de ingresos económicos de la unidad familiar.
  • Fotocopia demanda de empleo o mejora de empleo.
  • Certificado del INEM justificando si percibe o no una prestación
  • Fotocopia del contrato de alquiler o hipoteca de la vivienda
  • Certificado de empadronamiento donde aparezcan todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del certificado de minusvalía si existe algún miembro con ella.
  • Fotocopia de la cartilla de vacunación de los menores o cartilla del niño sano.
  • Vida laboral de la seguridad social de los mayores de 16 años.
  • Certificado de la seguridad social de las  prestaciones que se perciban
  • Informes médicos de las enfermedades si las hubiera
  • En caso de separación o divorcio,  fotocopia de sentencia donde conste el régimen de guarda y custodia de los menores.
  • Otros documentos que fueran necesarios para la intervención serán  solicitados a la familia durante el tratamiento.

FORMATO O SOLICITUD

  • Protocolo de derivación por parte de Servicios Sociales Comunitarios.
  • Plan de Reunificación si el expediente proviene del Servicio de Protección de Menores.

RESPONSABLES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Área de Servicios Sociales del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido

HORARIO DEL SERVICIO

Centro de Servicios Sociales Especializados  de El Ejido situado en calle Río Júcar nº 11  El Ejido en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00. 

Consultar en los teléfonos: 950 54 10 00 (Ext. 109/152/153/154/155);  630 434 222

ACCESO AL SERVICIO

Centro de Servicios Sociales Especializados  de El Ejido situado en calle Río Júcar nº 11  El Ejido en horario de lunes a viernes de 8:00 a 15:00. 

TRÁMITE INTERNO DEL SERVICIO

  • Recepción del expediente familiar derivado de los SS.SS.CC.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

En el momento que se derive.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar  que incluye Protocolo de derivación e informe social elaborado en SS.SS.CC.

FORMATO DE REGISTRO

Registro en Base de Datos de Familia y Menores de SSCC

  • Estudio del caso derivado junto con el Equipo de Tratamiento para valorar su  inclusión en el programa.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

1 semana desde la recepción del expediente.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

  • Expediente familiar creado al efecto.
  • Proyecto del Programa.
  • Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

FORMATO DE REGISTRO

Informe sobre aceptación o no aceptación del caso en el programa.

  • Comunicación a la Coordinadora de SSCC la aceptación  o  no aceptación del caso en el programa.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

3 días desde la valoración con el equipo.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Acta sobre aceptación o no aceptación del caso.

FORMATO DE REGISTRO

Recibí del acta sobre aceptación o no aceptación que consta en el expediente.

  • Archivo del expediente no aceptado.

RESPONSABLE

Trabajadora Social del ETF.

PLAZO

1 día.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

FORMATO DE REGISTRO

Base de datos del programa.

  • Alta en base de datos del expediente aceptado.

RESPONSABLE

Trabajadora Social del ETF.

PLAZO

1 día.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

FORMATO DE REGISTRO

Base de datos del programa.

  • Citación de la familia con la Coordinadora Municipal o con el Equipo de tratamiento familiar.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

15 días máximos desde la aceptación del caso.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

FORMATO DE REGISTRO

Escrito de la Concejala de inclusión en el programa dirigido a la familia y citación en el centro de Servicios Sociales enviado con notificador. Queda recibí en el expediente.

  • Primera entrevista concertada con la familia en el Centro de Servicios Sociales para explicar los motivos de inclusión en el programa y obtener la aceptación del tratamiento por parte de la familia.

RESPONSABLES

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

Miembros del Equipo de Tratamiento que se determine.

PLAZO

Día fijado previamente. 15 días máximo desde la aceptación del caso.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

FORMATO DE REGISTRO:

Registro informático de actuaciones dentro del expediente familiar.

8.- Entrevista(s) de la familia con trabajadora social de ETF para realizar un diagnóstico social

RESPONSABLE

Trabajadora Social ETF

PLAZO

15 días máximo desde la primera cita.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

FORMATO DE REGISTRO

Registro informático de actuaciones dentro del expediente familiar.

9.- Planificación de las intervenciones posteriores con la familia para realizar diagnóstico del caso.

RESPONSABLE

Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

1 semana desde la elaboración del diagnóstico social.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

FORMATO DE REGISTRO

Planning de actuaciones semanales.

10.- Contactos con la familia (entrevistas con diferentes miembros, visitas a domicilio, contactos telefónicos…) y entrevistas con otros profesionales que estén interviniendo con la familia o los menores (profesorado, personal sanitario, abogados, etc…).

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento que se determine.

PLAZO

15 días desde la planificación.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

FORMATO DE REGISTRO

Registro informático de actuaciones  realizadas.

11.- Elaboración plan de mejora consensuado con la familia.

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

2 meses desde la primera citación.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar.

Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

FORMATO DE REGISTRO

Documento denominado Plan de mejora de la familia que costa en el expediente informático.

  • Acuerdo firmado por los miembros del ETF y por la familia.

12.- Ejecución del plan de mejora y evaluación continua del mismo.

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

Semestralmente o antes, en caso de constatarse la no adherencia al tratamiento.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Plan de mejora diseñado para la familia.

FORMATO DE REGISTRO

Registro informático de actuaciones  realizadas.

13.- Evaluación semestral del plan de mejora que podrá dar lugar a las siguientes situaciones:

1. Cierre del caso por cumplimiento de objetivos.

2. Continuación del plan de mejora y modificación del mismo si procede.

3. Cierre del caso por no adherencia al tratamiento ( en estos  casos se valorará el riesgo de los menores para su derivación a SPM o SSCC).

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

6 meses de intervención.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Plan de mejora diseñado para la familia.

FORMATO DE REGISTRO

Documento informático de Evaluación del Plan de Mejora.

14.- Reunión del ETF con la Coordinadora municipal del programa para seguimiento de casos y adopción de acuerdos.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

PLAZO

Semanalmente.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Planes de Mejora (para los que ya lo tengan ).

Manual de funcionamiento editado por la Junta de Andalucía.

Manual de Funcionamiento de Coordinadores ETF

FORMATO DE REGISTRO

Acta de las reuniones semanales con el equipo.

15.- Elaboración de Informe de  actuaciones para SSCC si procede

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

2 Semana desde el cierre del expediente.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar de ETF.

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de Informe de derivación para SS.SS.CC.

16.- Elaboración de informe para el SPM en caso de derivación al mismo para toma de medidas de protección.

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

En función de la urgencia del caso, dándose un máximo de 15 días para los no urgentes.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente familiar de ETF.

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de Informe Interdisciplinar de derivación al  SPM.

17.- Asistencia a Comisiones Técnicas en la Delegación Provincial de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

RESPONSABLE

Coordinadora Municipal del Equipo de Tratamiento Familiar.

Miembros del ETF que se determine.

PLAZO

En el momento que convoque  la Delegación de Igualdad y Bienestar Social.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria previa por parte de la Delegación.

Convenio del  Programa de Tratamiento Familiar.

FORMATO DE REGISTRO

Acta de las Comisiones Técnicas elaboradas por la Delegación.

18.- Elaboración de memoria anual coincidente con el periodo de ejecución del Convenio.

RESPONSABLE

Miembros del Equipo de Tratamiento.

PLAZO

Mes de noviembre.

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convenio de Colaboración de DGIF y Ayto. de El Ejido.

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de memoria facilitado por la DGIF

EFECTOS DEL SILENCIO

TRAMITE INTERNO DEL SERVICIO: “INTERVENCIÓN EN ZONAS CON NECESIDAD DE TRANSFORMACIÓN SOCIAL”

1.- Organización interna para elaboración del Programa

RESPONSABLE

Dirección

PLAZO

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria de la subvención y normativa de referencia-

FORMATO DE REGISTRO

Reuniones

2.- Elaboración del Programa a solicitar

RESPONSABLE

Técnico responsable de Programas

PLAZO

El que indique la convocatoria

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria de la subvención y normativa de referencia

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de la subvención

3.- Solicitar consignación presupuestaria y preparar  propuesta para Comisión Informativa

RESPONSABLE

Jefa de la Unidad de Gestión Social

PLAZO

5 días antes de la Comisión  Informativa

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Proyecto

FORMATO DE REGISTRO

Expediente creado al efecto

4.- Elevación del expediente a la Comisión Informativa

RESPONSABLE

Concejala de Servicios Sociales y Mujer

PLAZO

A determinar

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente

FORMATO DE REGISTRO

Acta de la Comisión Informativa

5.- Elaboración de dictamen de la Comisión Informativa  para Junta de Gobierno Local

RESPONSABLE

Jefa de la Unidad de Gestión Social

PLAZO

1 Día

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Acta de la Comisión Informativa

FORMATO DE REGISTRO

Expediente

6.- Elevación del expediente a la Junta de Gobierno Local

RESPONSABLE

Concejala de Servicios Sociales y Mujer

PLAZO

1 Día

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Expediente

FORMATO DE REGISTRO

Acta de la Junta de Gobierno Local Reuniones

7.- PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD Y ANEXOS DE LA SUBVENCIÓN AL ORGANISMO PERTINENTE

RESPONSABLE

Jefa de la Unidad de Gestión Social

PLAZO

El que indique la convocatoria

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria de la subvención y normativa de referencia-

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de la subvención

8.- Trámites de subsanación de errores de la subvención solicitada

RESPONSABLE

Técnico responsable Programas

Jefa Unidad SS Especializados

Jefa Unidad Gestión Social

PLAZO

El que indique la convocatoria

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria de la subvención y normativa de referencia-

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de la subvención

9.- Trámites de reformulación de solicitud conforme a propuesta de resolución provisional del organismo pertinente

RESPONSABLE

Técnico responsable Programas

Jefa Unidad SS Especializados

Jefa Unidad Gestión Social

PLAZO

El que indique la convocatoria

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Convocatoria de la subvención y normativa de referencia-

FORMATO DE REGISTRO

Modelo/Anexo de la subvención

UNA VEZ CONCEDIDA LA SUBVENCIÓN (RESOLUCIÓN DEFINTIVA)

10.- Difusión de las actividades/talleres a desarrollar entre la población gitana a la que va dirigida el programa-.

RESPONSABLE

Personal técnico adscrito al Programa

PLAZO

Con anterioridad al inicio de las actividades

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Programa

FORMATO DE REGISTRO

Información sobre las actividades/es

11.- Desarrollo de las actividades contempladas en la subvención

RESPONSABLE

Personal técnico adscrito al Programa

PLAZO

Plazo ejecución establecido en Resolución

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Áreas de ejecución previstas Programa

FORMATO DE REGISTRO

Reuniones

12.- Seguimiento y control de  las actividades/talleres del programa

RESPONSABLE

Personal técnico adscrito al Programa

PLAZO

Plazo ejecución establecido en Resolución

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Programa

FORMATO DE REGISTRO

Instrumentos de seguimiento y control de la actividad

13.- Evaluación del programa y elaboración de la memoria interna del Área de Servicios Sociales y Mujer

RESPONSABLE

Técnico responsable de Programas

PLAZO

1 mes después de finalizar el plazo ejecución del Programa

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Programa

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de Evaluación y Memoria Área SS y Mujer

14-Justificación del Programa subvencionado ante el organismo pertinente

RESPONSABLE

Técnico responsable de Programas

PLAZO

3 meses después de finalización del plazo ejecución

DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

Normativa de referencia en modelo de subvención

FORMATO DE REGISTRO

Modelo de la subvención

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

De conformidad con los establecido en el artículo 44.1 de la ley 30/1992 de 26 de noviembre del RJAPAC,  la falta de resolución expresa en el caso de procedimientos de los que pudiera derivarse el reconocimiento o, en su caso, la consitución de derechos u otras situaciones jurídicas individualizadas, los  interesados que hubieren comparecido podrán entender desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo.

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

  • Constitución Española (1978). Título preliminar Art.9.2: los poderes públicos promoverán las condiciones para que la libertad e igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas. Título I Art. 14: principio de igualdad, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  • Estatuto de Autonomía (reformado por Ley Orgánica 2/2007 de 19 marzo). Capítulo I Art. 14 “Se prohíbe toda discriminación en el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de los deberes y la prestación de los servicios, particularmente la ejercida por razón de sexo, orígenes étnicos o sociales, lengua, cultura, religión, etc…. La prohibición de discriminación no impedirá acciones positivas en beneficio de sectores,   grupos o personas desfavorecidas
  • La Ley 2/1988 de 4 de Abril, de Servicios Sociales de Andalucía. (modificada por Ley 15/2001 de 26 de Diciembre). Art. 6: establece entres sus áreas de actuación, la prevención y eliminación de cualquier discriminación por razón se sexo, raza o cualquier condición o circunstancia personal o social. Art. 11.5: los Servicios Sociales Especializados atenderán entre otros sectores a las minorías étnicas, con el objeto de promover actuaciones que generen, de modo real y efectivo, su igualdad social con respecto al resto de ciudadanos andaluces, prestando una atención especial, dada su importancia numérica y cultural, a la comunidad gitana.
  • La Ley 7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. Atribuye competencias a los Ayuntamientos de Municipios de más de 20.000 habitantes en la gestión de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.
  • Decreto 202/1989, de 3 de octubre por el que se crea el Plan de barriadas de actuación preferente, donde se acometieron las primeras intervenciones integrales en diferentes barriadas.
  • Decreto 11/1992, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales.
  • Plan Andaluz para la Inclusión Social 2003-2006 (BOJA de 27 de noviembre de 2003)  que constituye las líneas básicas para las políticas por la inclusión social. 
  • Ley de Inclusión Social de Andalucía 2008, que regula en el capítulo V las Políticas Públicas en Zonas con Necesidades de Transformación Social.
  • Plan Nacional  de Acción para la inclusión social en el Reino de España 2013-2016Objetivo 2, punto G. Actuaciones con la Población Gitana
  • La Estrategia Europea por el Empleo y el Fondo Social Europeo de cara al periodo de programación 2007-2013. Contenido general: Lucha contra la discriminación entre género y entre determinados colectivos: migrantes, reclusos, discapacitados, personas de etnia gitana, colectivos en situación o riesgo de exclusión social.
  • Orden anual de convocatoria de ayudas públicas, que se articula como el instrumento fundamental de intervención en Zonas con Necesidad de Transformación Social, por el que se financian proyectos de intervención presentados por las distintas entidades participantes.

NORMATIVA LEGAL DE APLICACIÓN

A) Normativa Internacional.

  • Ratificación en 1990 de España de los principios de la Declaración de los Derechos del Niño aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el 1989. En España entró en vigor en 1991. Representa un instrumento internacional obligatorio por el que los estados se comprometen a respetar los derechos y deberes en ella enunciados pasando a formar parte del derecho interno de los países.

B) Normativa Estatal.

La Constitución Española de 1978 que además de todos los derechos del Título I y la distribución competencial del T. VIII donde distingue los dos marcos jurídicos diferenciados , el estatal y el autonómico a los que corresponde atribuciones distintas.

Así, al Estado le corresponde competencias promulgadas en diferentes Leyes Orgánicas:

  • Ley 21/1987: aumenta el concepto de abandono, se recoge la figura del acogimiento y se regula la adopción.
  • LO 10/1995: del Código Penal que recoge los delitos contra los derechos y deberes familiares.
  • LO 1/1996: de Protección Jurídica del Menor donde construye un marco jurídico de protección que vincula a todos los poderes públicos. Se introducen conceptos como situación de riesgo o desamparo.
  • LO 5/2000: regula la responsabilidad penal de los  menores. Sitúa la mayoría de edad penal en los 18 años.
  • Ley 7/1985 que regula las Bases de Régimen Local atribuyendo a los municipios competencias en materia de servicios sociales y reinserción social.

C) Normativa Autonómica.

  • Ley 6/1981 el Estatuto de Autonomía para Andalucía, que recoge la asunción de competencias exclusivas en materia de asistencia y servicios sociales y en materia de instituciones públicas de protección y tutela de menores.
  • Ley 2/1988 de Servicios Sociales de Andalucía que regula y garantiza un sistema público de Servicios Sociales siendo una de  sus    áreas específicas el bienestar de la familia, la infancia y la adolescencia.
  • Ley orgánica 8/2015 de 22 de julio, de modificación del Sistema de protección a la Infancia y la Adolescencia.
  • Ley 26/2015 de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la Infancia y a la Adolescencia.
  • Decreto 11/1992 donde se establece la naturaleza y prestaciones de los SSCC.
  • Orden de 13 abril de 1988, por la que se regulan las ayudas económicas familiares como prestación complementaria de los SSCC y su gestión mediante la cooperación de la Junta de Andalucía y las corporaciones locales.
  • Ley 1/98 de los derechos y de la atención al menor. Establece el marco jurídico de actuación en materia de promoción y protección de los derechos de los menores. Establece a las corporaciones locales el desarrollo de actuaciones  de prevención, información y reinserción social en materia de menores, así como para la detección  de menores en situación de desprotección.
  • Contempla la figura del Defensor del Menor así como el Observatorio de la Infancia en Andalucía.
  • Como consecuencia de estas medidas se pone en marcha el “Programa de Intervención con familias desfavorecidas y en situación de riesgo social” a través de la Orden de la consejería de Asuntos Sociales del 13 de julio de 2000.
  • Decreto 40/2001 que regula la actuación de la Junta de Andalucía en los procedimientos de desamparo, tutela y guarda administrativa.
  • Orden de 25 de marzo de 2003 que culmina la implantación del programa en toda la comunidad autónoma.
  • La Orden de 20 de junio de 2005 que establece las bases para otorgar subvenciones a las Corporaciones Locales para la realización del programa de Tratamiento a Familias con menores.
  • La Orden 25 de julio de 2006 que regula el Programa de Tratamiento a Familias con menores en Andalucía, introduciendo algunas modificaciones.

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